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Por caliente, dan palo a Emilio Salazar Destacado

*IEPC frena sus ambiciones de poder y le ordena quedarse quieto; también debe retirar toda su propaganda electoral porque ha incurrido en violaciones a la ley

 En su onceava sesión extraordinaria, la Comisión Permanente de Quejas y Denuncias del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana de Chiapas (IEPC), resolvió conceder la adopción de medidas cautelares dentro del Procedimiento Sancionador Ordinario en contra de los ciudadanos Emilio Enrique Salazar Farías, Diputado Federal por el IX Distrito Electoral Federal en Chiapas; Roberto Armando Albores Gleason, en su calidad de Senador de la República de la XLIII Legislatura y la ciudadana Gloria Trinidad Luna Ruiz, Secretaria General del H. Ayuntamiento de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.

En un comunicado en poder de Primera Edición, el tan cuestionado IEPC señaló que lo anterior obedece "a  la presentación de diversas denuncias ciudadanas por presuntos actos de promoción personalizada, actos anticipados de precampaña y promoción de actividades legislativas fuera de los plazos establecidos en la ley, mismos que son reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su numeral 134,y el Código Comicial Local en su numeral 243".

Alex Walter Díaz García, consejero presidente de la Comisión de Quejas y Denuncias del IEPC, informó que al existir indicios que podrían resultar violatorios a la normatividad electoral, los denunciados deberán acatar las medidas cautelares aprobadas por la Comisión, consistentes en realizar acciones necesarias, suficientes e idóneas para suspender y retirar la difusión de la propaganda denunciada, en un término no mayor a 48 horas, esto con la finalidad de que no se vulnere el principio de equidad de cara proceso electoral local 2017-2018 que inicia el próximo mes de octubre.

El consejero Díaz García añadió que “de las pruebas que presentaron los denunciantes y de las obtenidas por la Oficialía Electoral del Instituto, la Comisión llegó a la conclusión que hay indicios suficientes para suponer que la propaganda sujeta a investigación pudiera afectar la equidad de los próximos comicios locales, de ahí que decidieran atender la solicitud de medidas preventivas, sin que ello implique que se haya acreditado la responsabilidad de los denunciados, pues ello dependerá de las investigaciones que seguirán su curso hasta que los procedimientos administrativos instaurados se resuelvan de fondo”.

Díaz García advirtió que “las medidas deberán ser ejecutadas en los próximos días, y que en caso de no ser acatadas, los denunciados podrían ser sujetos del inicio de un nuevo procedimiento administrativo sancionador o la aplicación de una medida de apremio en su caso, por desacato a la autoridad electoral”.

El consejero electoral también informó que en una sesión previa, la Comisión de Quejas y Denuncias aprobó el Acuerdo de radicación, admisión y emplazamiento, dentro del Procedimiento Sancionador Ordinario, iniciado por una denuncia ciudadana en contra del ciudadano César Bernardino Serrano Nucamendi.

 Serrano Nucamendi realizó presuntos actos de proselitismo en esta ciudad capital, a través de espectaculares y entrevistas difundidas en el portal de Youtube y páginas electrónicas de diversos medios informativos.

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